Ya ha entrado en vigor el plazo de 3 años otorgado por la disposición adicional vigesimosegunda del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, para la regularización administrativa de instalaciones frigoríficas, de protección contra incendios y de RITE existentes que no estén inscritas en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Industria, Energía y Minas.

Este procedimiento transitorio supone una oportunidad para regularizar la situación administrativa de las instalaciones no legalizadas en su momento sin tener que adaptarse a los requisitos técnicos de los actuales Reglamentos de aplicación. Debiendo además tenerse en cuenta que la puesta en funcionamiento de instalaciones y el desarrollo de actividades careciendo de la correspondiente autorización o inscripción registral constituyen infracciones graves conforme al artículo 31 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, sancionables con multas de hasta 6.000.000 euros.

Este trámite de regularización se realiza a través del tramitador electrónico PUES, aportando la documentación indicada en la referida disposición adicional. Pueden encontrar información sobre el uso del tramitador PUES y la realización de los correspondientes trámites en la siguiente sección de la página web de la Consejería de Industria, Energía y Minas:

https://juntadeandalucia.es/organismos/industriaenergiayminas/areas/industria/instalaciones/paginas/instalaciones-liberalizadas.html

En relación con la regularización de las instalaciones frigoríficas, sirven de referencia las guías relativas a la aplicación de la disposición transitoria primera del Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, elaboradas por el Ministerio de Industria y Turismo, que pueden consultar en el siguiente enlace:

https://industria.gob.es/Calidad-Industrial/seguridadindustrial/instalacionesindustriales/instaciones-frigorificas/Documents/GUIA%20IF%20NIPO%20v4.pdf