El Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia, ICOIIG, ha obtenido una nueva sentencia favorable ante el Tribunal Supremo en materia de competencias profesionales en estaciones de servicio.
La resolución ha sido dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y consolida la doctrina sobre la necesidad de intervención de ingeniero industrial en estos proyectos.
La sentencia confirma que los proyectos de estaciones de servicio requieren la intervención de un ingeniero industrial, incluso cuando la estación de servicio esté integrada dentro de un edificio comercial o centro comercial.

En ella se dan claras una serie de cuestiones:

  • Las estaciones de servicio son instalaciones que requieren la intervención de un ingeniero industrial.
  • Los arquitectos no son competentes para estas instalaciones, no solo para el estudio de Impacto ambiental como la otra sentencia establecía, si no para cualquier parte del proceso en el trámite administrativo del proyecto, licencia de obra, etc…
  • Aunque estén incluidas en un centro comercial, no se pueden considerar accesorias sus instalaciones.

Ver aquí la sentencia.