En base al canal de comunicación que tenemos abierto continuamente con E-Distribución, a continuación, te enviamos la siguiente información relevante, que probablemente ya conozcas pero que sin duda va a simplificar notablemente las tramitaciones de los suministros en MT con cesión. Será solo de aplicación para los casos que sea un único suministro < 30 kV y que no esté afectado por AAU o DUP.
El 8 de abril entró en vigor la Ley 4/2025 de Espacios Productivos de Andalucía (LEPA) y por tanto su disposición adicional séptima que regula las cesiones de acometida a un solo usuario en MT, que junto con la resolución del 23 de marzo de 2026 de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, establece el procedimiento de cesión en PUES (plataforma de la Junta de Andalucía) de extensiones de suministros en MT.
Para facilitar la comprensión de estos cambios, AQUÍ puedes encontrar una presentación donde se explican los términos y las particularidades a tener en cuenta.
En esencia, y teniendo en cuenta las salvedades y tipologías detalladas en la presentación, la nueva normativa establece que las instalaciones de extensión que deban ser cedidas a la empresa distribuidora para suministros en MT ya no requerirán autorización administrativa previa de construcción. Todo el proceso legalizativo se realizará a través de la plataforma PUES.
El procedimiento, tras la conformidad del proyecto, será aportar la documentación actualmente requerida junto con la declaración responsable del director de obra y realizar la supervisión de la instalación con el visto bueno. A continuación, se enviará el convenio de cesión para que lo firme el cedente. Edistribución firmará el convenio de cesión y el anexo III de autorización de representación, devolviendo ambos documentos al cedente para que tramite la legalización en PUES a nombre de Edistribución. Una vez obtenida la puesta en servicio, ésta se enviará a Edistribución para proceder con la conexión.