La ampliación supone una prórroga de aproximadamente 31 meses para Almaraz I, cuya autorización finalizaba el 1 de noviembre de 2027, y de 19 meses para Almaraz II, cuyo cierre estaba previsto para el 31 de octubre de 2028. Las dos unidades podrán operar ahora hasta una fecha común, el 8 de junio de 2030, coincidente con la vigencia de la Revisión Periódica de Seguridad de la instalación.
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La iniciativa partió de Centrales Nucleares Almaraz-Trillo, AIE, entidad titular de la explotación. El 30 de octubre de 2025, la compañía solicitó formalmente al Ministerio la modificación de la autorización vigente para prolongar el funcionamiento de los dos reactores. El expediente fue remitido posteriormente al Consejo de Seguridad Nuclear, organismo que requirió documentación técnica adicional y desarrolló el correspondiente procedimiento de evaluación.
El 16 de julio de 2026, el CSN emitió un informe favorable, aunque sujeto a condiciones, sobre la renovación de la autorización de explotación. Según el organismo regulador, la decisión técnica se fundamentó en la comprobación del correcto funcionamiento de la central y en el mantenimiento de un nivel adecuado de seguridad para continuar su operación durante el periodo solicitado.
La evaluación del CSN se sustentó en 29 documentos elaborados por 16 áreas técnicas especializadas. Entre las cuestiones analizadas figuraron el envejecimiento de las estructuras, sistemas y componentes relacionados con la seguridad, el plan de gestión de vida de la central, la calificación ambiental de los equipos, la protección contra incendios, la disponibilidad de recursos humanos y la capacidad para gestionar el combustible nuclear gastado hasta 2030.
En relación con el combustible gastado, el organismo regulador concluyó que la capacidad existente, junto con la incorporación del nuevo Almacén Temporal Individualizado ATI-100 proyectado en la central, permitirá disponer de una solución suficiente hasta la fecha prevista en la nueva autorización. El informe también exige que el titular mantenga márgenes adecuados de personal en los puestos vinculados directamente con la seguridad de la instalación.
La prórroga queda, por tanto, condicionada al cumplimiento de los límites, instrucciones y requisitos establecidos por el Consejo de Seguridad Nuclear en materia de seguridad nuclear y protección radiológica. El CSN continuará desarrollando sus labores de inspección, supervisión y control durante todo el periodo de funcionamiento autorizado.