En el Consejo de Ministros del día 18.10.2022, se aprobó, entre otras cuestiones, un Real Decreto Ley por el que se aprueban medidas de refuerzo de protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)», así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.

En el citado Real Decreto, además del nacimiento de la tarifa de último recurso (TUR) para calderas comunitarias, modificación en el bono social térmico o prórroga en las deducciones en el IRPF por obras para mejorar la eficiencia energética de las viviendas, se contempla una Modificación del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica y una nueva redacción de la ITC-EA-01 Eficiencia Energética del Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.

Modificación del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica

El autoconsumo y las comunidades energéticas reciben otro impulso, al aumentarse la distancia entre punto de generación y autoconsumo en líneas de transporte o distribución hasta 1.000 metros para instalaciones en cubierta, al permitirse más de una instalación en una misma referencia catastral -evitando limitaciones al crecimiento en lugares donde ya haya una planta- y con otras medidas, como simplificando la tramitación de las instalaciones: se aumenta de 100 kW a 500 kW el tamaño de la planta exenta de obtener la autorización previa y la de construcción (tras modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico).

ITC-EA-01 Eficiencia Energética del Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07

El Real Decreto-ley incluye la modificación del Reglamento alumbrado exterior para aprovechar los avances técnicos. Así, los requisitos mínimos de eficiencia aumentan un 119% para el alumbrado funcional y un 163% para el alumbrado ambiental. Así mismo se actualiza el sistema de etiquetado mediante letras, de modo que sólo lo más eficiente se califique como «A» o «B», dando al usuario final información más realista de la eficiencia energética de su instalación y se potenciará el ahorro.

El nuevo reglamento afectará a la iluminación pública (carreteras y calles), lo que incluye la de las administraciones y la de agentes privados que iluminen espacios públicos, como algunas vías de concesionarios. Será voluntario desde su publicación y obligatorio para los proyectos que se inicien el 1 de enero; los que se hayan iniciado antes, tienen un año máximo para concluirse.

El alumbrado exterior municipal consume unos 5.200 GWh anuales, un 2% del consumo eléctrico nacional y la reforma permitirá un ahorro de energía del orden del 65% para un mismo servicio de iluminación. En España hay más de ocho millones de puntos de luz exterior, de los que sólo se ha sustituido por LED un 30%.

Para acceder a todas las modificaciones indicadas anteriormente, pinchar en el siguiente enlace.