En el BOE del pasado 18.03.2021 se publicó el “Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico”.

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), aprobó el pasado 09.03.2021 el Real Decreto por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico que, junto a los peajes del sistema –fijados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)–, componen la parte regulada de la factura de electricidad de todos los usuarios, que se suma al coste de energía consumida. La metodología que aprueba este Real Decreto se aplicará para la determinación de los cargos que entran en vigor el próximo 1 de junio.

Esta norma no fija los cargos concretos, sino el método para su cálculo, paso previo y preceptivo en cumplimiento de la normativa comunitaria.

Para aportar simplicidad y coherencia al sistema, el Real Decreto asume la misma estructura tarifaria, por niveles de tensión, que la fijada por la CNMC en su metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad. También se utilizan los mismos componentes de facturación y se ha optado por una estructura de cargos con discriminación horaria, empleando para ello el mismo diseño de periodos que el propuesto por la Comisión para los peajes.

Lo más reseñable de esta estructura tarifaria, fijada inicialmente por la CNMC y reproducida en el Real Decreto, es que todos los consumidores con una potencia contratada inferior a 15 kW –la mayoría de usuarios domésticos y pymes- pasarán a tener tres periodos de facturación diferenciados.

El texto también adapta la figura del Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) a la nueva estructura de peajes y cargos, y establece el mandato de actualizar este cambio en la factura mediante resolución, así como de adecuar los precios unitarios que financian los pagos por capacidad mediante orden ministerial.