Con fecha de 12/06/2017 se ha publicado en BOE   el “Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios”.

El objeto del mismo es determinar las condiciones y los requisitos exigibles al diseño, instalación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios.

En concreto, se regulan los siguientes aspectos:

  • Las condiciones y requisitos que deben cumplir los equipos, sistemas y componentes de protección contra incendios.
  • Las condiciones de habilitación y funcionamiento de las empresas instaladoras y mantenedoras.
  • Las condiciones para la instalación, puesta en servicio, mantenimiento mínimo e inspecciones periódicas de estas instalaciones.
  • El régimen sancionador.

Las instalaciones de protección contra incendios se regían por un Reglamento del 5 de noviembre de 1993. No obstante, la evolución, tanto de la técnica como del marco normativo, hacía imprescindible actualizar y revisar los requisitos establecidos en el citado Reglamento. En concreto, pueden citarse de dos Reglamentos comunitarios de 2008 y 2011.

Por otro lado, el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, de 2004, y el Código Técnico de la Edificación, de 2006, establecen que el diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, así como sus materiales, componentes y equipos, deben cumplir lo establecido en su reglamentación específica. Se hacía necesario, en consecuencia, establecer las condiciones que deben reunir los equipos y sistemas que conforman las instalaciones de protección contra incendios para lograr que su funcionamiento, en caso de incendio, sea eficaz.