La transición hacia un modelo productivo más sostenible exige integrar en todos los sectores económicos, tanto públicos como privados, prácticas que favorezcan la circularidad de los recursos y la reducción del impacto ambiental.
En el ámbito de la construcción, esta transformación se materializa de manera especialmente significativa mediante la utilización de escorias industriales y residuos de construcción y demolición que han obtenido la declaración de fin de condición de residuo. Esta declaración garantiza que dichos materiales cumplenm criterios de calidad, seguridad y trazabilidad suficientes para ser utilizados como productos, impulsando así un uso más eficiente de los recursos y disminuyendo la dependencia de materiales primas naturales originales.
La Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía, refuerza este enfoque al promover la valorización de residuos y la incorporación de materiales secundarios en obras públicas y privadas. Bajo este marco normativo, la declaración de fin de condición de residuo de áridos reciclados constituye un paso
decisivo hacia la consolidación de un sector de la construcción más responsable, competitivo y alineado con los objetivos europeos de sostenibilidad.
En el Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía, se establece en el “Artículo 87. Obras promovidas por las administraciones públicas en Andalucía:
“En las obras promovidas por las administraciones públicas, las personas o entidades promotoras emplearán productos procedentes de la valorización de residuos de construcción y demolición, cuando existan materiales adecuados, para aquellas obras promovidas por la Administración de la Junta de Andalucía.
En las obras promovidas por las demás administraciones públicas, fomentarán el uso de dichos productos”.
De acuerdo con el art. 68 de la Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía:
“Durante la fase de planificación, redacción de proyectos y ejecución de obra pública, la Administración de la Junta de Andalucía fomentará alternativas constructivas y de diseño que potencien la economía circular, a través de soluciones que:
a) Disminuyan la generación de residuos durante la fase de construcción y de explotación y mejoren la gestión de los mismos, especialmente en su segregación y tratamiento.
b) Integren el uso de materiales y residuos de construcción y demolición reciclados.
c) Favorezcan la restauración ambiental y la recuperación de los espacios degradados.
d) Contribuyan al ahorro en la utilización de recursos naturales, mediante el empleo de materiales procedentes de fuentes sostenibles o de valorización de residuos.
e) Consideren la aplicación de los análisis de ciclo de vida (ACV) conforme a las normas aceptadas internacionalmente, así como las normas de referencia para productos y edificación”.
Según el art. 5 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular:
“Cuando no se hayan establecido criterios específicos a escala de la Unión Europea o a escala nacional conforme a los apartados anteriores, una comunidad autónoma, a petición del gestor, y previa verificación del cumplimiento de las condiciones del apartado 1, a partir de la documentación presentada por el gestor para su acreditación, podrá incluir en la autorización concedida conforme al artículo 33, que un residuo valorizado en una instalación ubicada en su territorio, deja de ser residuo para que sea usado en una actividad o proceso industrial concreto ubicado en esa misma comunidad autónoma, o bien en otra comunidad autónoma previo informe favorable de esta última que se entenderá emitido si no hubiera pronunciamiento expreso en contra, justificado adecuadamente, en el plazo de un mes. En estos casos, la autorización deberá contemplar los criterios establecidos en el apartado 2 y, cuando sea necesario, fijará los valores límite para las sustancias contaminantes, teniendo en cuenta los posibles impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente”
En este sentido, a través del enlace que se proporciona a continuación, en el apartado “Autorizaciones aprobadas (Junta de Andalucía)”, se encuentra disponible para su descarga tabla en la que se detallan las resoluciones de declaración de fin de condición de residuos otorgadas por esta Dirección General para, entre
otros, los residuos de construcción y demolición. En la columna “Referencia” se facilitan enlaces de descarga de las correspondientes resoluciones, y en la columna “Residuo”, filtrando por la palabra “RCDs”, se pueden observar los citados materiales:
https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal/areas-tematicas/residuos-suelos-contaminadoseconomia- circular/gestion-residuos/subproducto-fin-residuo
En caso de que los materiales a utilizar en la actuación promovida por esa Administración tengan otorgada la autorización de FCR, podrán ser aplicados por cualquier empresa.
En caso de que los materiales a utilizar en la actuación promovida por esa Administración sean Residuos de Construcción y Demolición que no tengan otorgada la autorización de FCR, deberán ser aplicados por gestores autorizados para este tipo de residuos en la operación de valorización «R0508 – Valorización de
materiales inorgánicos en operaciones de relleno (backfilling)».
La disponibilidad en Andalucía de áridos reciclados y escorias valorizadas con garantías jurídicas, técnicas y ambientales suficientes constituye una oportunidad real para avanzar hacia un modelo constructivo más eficiente, competitivo y alineado con los principios de sostenibilidad que exige la normativa vigente. Su consideración en los criterios de valoración, en las prescripciones técnicas de obras o en las cláusulas medioambientales de los contratos públicos contribuirá de manera decisiva a la implantación efectiva de la economía circular en el sector.